Robo de vehículos, avanza el proyecto para grabar autopartes
Buenos Aires - La Cámara de Diputados bonaerense aprobó un proyecto de ley que establece la obligatoriedad del grabado de determinadas piezas de automóviles, como una nueva forma de combatir el robo de vehículos, la medida sería de cumplimiento obligatoria y será verificada al efectuarse la emisión del VTV.
La propuesta, presentada por la diputada Nancy Monzón (Pro Peronismo) establece que deberá grabarse en diferentes partes del vehículo el número del dominio, que contendrá tres letras y tres números en seis partes de la carrocería: puertas, lateral externo, capot y baúl, en sector interior y exterior.
Según la iniciativa, la tarea de grabado se realizará en los puestos de verificación del automotor, a cargo del ministerio de Seguridad y Justicia, y será condición sine quanon para la realización de la VTV.
En caso de siniestros o accidentes que afecten los grabados, la entidad responsable del grabado llevará a cabo el mismo proceso sin cargo, debiendo el interesado acreditar el siniestro y presentar la factura emitida por el comerciante inscripto ante el Registro creado por Ley 25.761.
La normativa establece que todo vehículo 0 km o usado que se incorpore al Registro Nacional de la Propiedad Automotor en la Provincia, debe cumplir con el grabado establecido en la presente ley dentro de los noventa (90) días corrido de su patentamiento o radicación, como requisito para circular.
Asimismo, para el resto del parque automotor, la obligación deberá estar cumplida en los siguientes plazos máximos, contados a partir de la puesta la reglamentación de la ley: primer año, dominios finalizados en 0 y 1; segundo, 2 y 3; tercero, 4 y 5; cuarto, 6 y 7; y quinto, 8 y 9.
Fuente: agencias/edlp/www.visionfederal.com
La propuesta, presentada por la diputada Nancy Monzón (Pro Peronismo) establece que deberá grabarse en diferentes partes del vehículo el número del dominio, que contendrá tres letras y tres números en seis partes de la carrocería: puertas, lateral externo, capot y baúl, en sector interior y exterior.
Según la iniciativa, la tarea de grabado se realizará en los puestos de verificación del automotor, a cargo del ministerio de Seguridad y Justicia, y será condición sine quanon para la realización de la VTV.
En caso de siniestros o accidentes que afecten los grabados, la entidad responsable del grabado llevará a cabo el mismo proceso sin cargo, debiendo el interesado acreditar el siniestro y presentar la factura emitida por el comerciante inscripto ante el Registro creado por Ley 25.761.
La normativa establece que todo vehículo 0 km o usado que se incorpore al Registro Nacional de la Propiedad Automotor en la Provincia, debe cumplir con el grabado establecido en la presente ley dentro de los noventa (90) días corrido de su patentamiento o radicación, como requisito para circular.
Asimismo, para el resto del parque automotor, la obligación deberá estar cumplida en los siguientes plazos máximos, contados a partir de la puesta la reglamentación de la ley: primer año, dominios finalizados en 0 y 1; segundo, 2 y 3; tercero, 4 y 5; cuarto, 6 y 7; y quinto, 8 y 9.
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