Zannini pide la nulidad del juicio por el Memorándum firmado con Irán

Los imputados tienen derecho a articular las defensas que entiendan necesarias para esquivar la actuación de la justicia. Cuando se ocupa un lugar trascendente dentro de la estructura del gobierno – en este caso Procurador del Tesoro, es decir el Jefe de los Abogados que deben defender al Estado- y cuando por añadidura, el delito que se le enrostra es el de encubrimiento del atentado terrorista que sufrimos los argentinos ( hecho que parece ajustarse más a la calificación de “traición a la patria” que aquella con la que se lo rotuló), es éticamente respetable que pida la nulidad de las actuaciones?

Los funcionarios públicos, ¿no tienen menos derechos y más obligaciones que los ciudadanos de a pie cuando se trata de rendir cuenta de sus actos ante aquellos a quienes representan? Al pedir fulminar lo hecho argumenta que, como ahora se imputa a quien fuera Secretario General de Interpol como partícipe en la maniobra «debería debatirse una eventual competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación»… porque Interpol es un organismo internacional.

La Constitución sólo refiere a Embajadores, Ministros y Cónsules extranjeros y hasta donde conozco, Ronald Noble no ejerce ni ejerció ninguno de esos cargos. Nada dice nuestra Ley Suprema sobre esa competencia originaria cuando el investigado tenga inmunidades diplomáticas.

Zannini, que estuvo detenido por este procesamiento, se encuentra a la espera del juicio oral donde podrá esgrimir todas las defensas que entienda conducentes. La imputación de Noble en el tramo de la investigación que quedó en la Instrucción no perjudicará el quehacer defensita.

Noble ha tenido, cuanto menos, un dudoso proceder que se une a la fuerte sospecha fundada en indicios objetivos que actuó en muchas ocasiones como “benefactor” de las posiciones de Irán. Esto determinó que la Cámara, al confirmar los procesamientos de los imputados, pidiera que se profundice la investigación en relación a la actuación del ex funcionario.

La defensa de Zannini entiende que esto «produce un cambio en los hechos sobre los que deberán defenderse los imputados» porque «en el tramo de la causa que se sigue investigando, se busca determinar el grado de responsabilidad que tuvo Interpol en el supuesto encubrimiento».

Reuniones secretas y acuerdos espurios intentando beneficiar a quienes la justicia argentina señala como autores del criminal ataque constituye el núcleo fáctico por el que se los juzga. Esa actuación se consumó cuando firmaron el acuerdo de “colaboración “en el que se proponía que fueran parte activa en la investigación los señalados como autores del delito y, por añadidura, que se renunciara a la jurisdicción de nuestro país, se entregaran las pruebas a los iraníes acusados para que una “comisión especial” (hecho expresamente prohibido por nuestra Constitución) determinara cómo ocurrió el ataque. Quiero creer que al menos la criminal agresión no sería desconocida.

El levantamiento de las alertas rojas de los iraníes imputados era el objetivo del delito que consumaron cuando firmaron el Memorándum. Por eso nunca se imputó a los legisladores que luego lo ratificaron, a quienes se les puede hacer un reproche político pero no penal, ya que no intervinieron en el “iter criminis” delictivo.

Que el fin no se haya logrado, aunque se debilitaron las alertas rojas por este acuerdo, en nada modifica los hechos imputados. Si el ladrón no logra vender la joya de la que se apoderó, su robo no se desvanece. La declaración de Noble, aunque intentará protegerlos diciendo que nunca le solicitaron que levante las alertas, no pone en crisis el acto ya cristalizado. Con pedido o sin él, el memorándum fue firmado.


Pero lo que más preocupa no es el enredo procesal, sino que los funcionarios que ocupan los roles más trascendentes dentro de nuestra república procuren “zafar” de los procesos con argucias formales. Ante la gravedad de lo que se le imputa pide “piedra libre” porque investigó un Juez y debió hacerlo la Corte. Circunstancia esta cuanto menos discutible.

No parece importarle las dudas que quedan sobre su participación en el hecho. Sólo quiere que el proceso no continúe, que se anule, que se borren los indicios colectados para señalarlo como responsable de un acto tan despreciable. Que desaparezcan del expediente aunque queden flotando en la historia. No quiere el debate oral en el que públicamente podrá acreditar su ajenidad en relación a lo que se le enrostra.

La Vicepresidenta dice que es nulo porque supuestamente una Juez sufrió un “apriete” por parte del gobierno anterior. No importa si la fecha que la magistrada señala es anterior a la denuncia, si coincide con otra causa (la de la declaración de inconstitucionalidad del Memorándum) en tanto no individualiza al autor de ese apriete.

La Vicepresidenta le adjudica el hecho a un funcionario al que incluso acusa por ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos aun después que la Magistrada negara que haya sido él. La excusa es lo de menos, forzar datos o mentir es un detalle. Lo importante es que se anule lo investigado.

El juez natural durante toda la sustanciación de la investigación y hasta su elevación fue el que lo procesó. Aunque fuera verdad que ahora para investigar a Noble deba intervenir la Corte, esto no pone en crisis lo hecho.

Difícil la tarea de la Justicia cuando los imputados son: la Vicepresidente de la Nación, el Viceministro de Justicia, un Senador, un Diputado, el Secretario de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y el Procurador del Tesoro.

Pese a sus muchas diatribas contra la causa, los jueces actuantes y la querella, lo que no pueden decir los sospechados es que la imputación perjudicó sus carreras políticas.
P/BN/Marta Nercellas
Abogada, especialista en Derecho Penal y Derecho Penal Económico



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