viernes 19 abril 2024

Integridad política, promesas electorales… «Que la Patria los demande”

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Y la Patria en este país federal demanda en cada municipio, provincia y región la garantía de la tutela de sus derechos ciudadanos. De manera exacerbada, también, cuando los resortes de control y sanción son ineficaces o inexistentes. Porque cuando la Justicia llega tarde deja de serlo y suma víctimas en su proceso, y cuando el control se aletarga y relaja no existe y menos sirve. Sólo quedan los abultados presupuestos de sus organizaciones gastados sin sentido ni justificación ética.

La rendición de cuentas como dimensión de la transparencia, es un imperativo que la sociedad exige de sus mandantes. En un sistema donde la ética prevalece por sobre las conductas impropias, la aprobación de aquellas rendiciones se convierte en reaseguro para la confianza de la ciudadanía en sus instituciones.

En el sistema nacional, el conjunto de las rendiciones de cuenta del funcionariado responsable de la ejecución de las políticas públicas queda plasmado en las Cuentas de Inversión y en las Memorias elaboradas por cada entidad de gobierno acompañando los Proyectos de Ley del Presupuesto.

Sin perjuicio de que cada uno de los organismos de gobierno tiene la obligación de realizar sus rendiciones individuales. Todas son objeto del control parlamentario que la Auditoría General de la Nación –AGN- realiza en su función de asesoramiento técnico al Poder Legislativo.

A su vez, la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas aprueba los dictámenes de AGN y su planificación anual de actividades. Las decisiones que adoptan los responsables de cada uno de estos órganos, dependen de las mayorías políticas que se impongan. Los cuerpos decisorios de los entes colegiados reflejan la correlación de las fuerzas políticas con representación parlamentaria.

Aun cuando el sistema de normas propicia que esa rendición de cuentas exista, si su entramado de controles y aprobación está viciado, se distorsiona su finalidad.

Veamos dos casos, solo a modo de ejemplo: hace pocos días los medios comunicaban que un prestigioso técnico especialista en materia de cuentas públicas y ex funcionario de carrera -que fue Subsecretario de Presupuesto del Ministerio de Economía de la Nación- había prestado declaración en la causa judicial sobre la presunta cartelización de la obra pública en Santa Cruz.

En las respuestas a las cuestiones sobre las que se lo interrogó, contestó que todas las obras públicas bajo investigación en el juicio fueron informadas en forma previa y rendidas de acuerdo a lo establecido en la Constitución Nacional y las normas vigentes. Que el Poder Ejecutivo envió siempre y oportunamente la información pertinente a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados. Que la Cámara integrada por los distintos bloques políticos analizó en detalle todas las obras que fueron luego aprobadas por ambas cámaras del Congreso en cada ley de presupuesto de los ejercicios anuales en los que las obras se incluyeron. Que también y siempre en cumplimiento de las normas vigentes, en las Cuentas de Inversión de cada ejercicio fiscal se informaba acerca de la ejecución de cada una de las partidas presupuestarias destinadas a la obra pública. Destacó que una vez auditadas las Cuentas de Inversión por parte de la AGN, el Congreso las aprobó.

Segundo ejemplo: los préstamos a la empresa Vicentín también integraron las Cuentas auditadas y aprobadas en cada ejercicio. En materia de controles, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) lo ejerce sobre las entidades financieras, por lo cual realiza el monitoreo y seguimiento de los grandes y principales deudores del sistema financiero. Así, observó que el Banco Nación (BNA) se había excedido en el otorgamiento respecto del límite de crédito previsto por la normativa. La línea de crédito se amplió con el compromiso de contratar un seguro a fin de garantizar el cobro por parte del Estado Nacional. Tal compromiso nunca se cumplió. El BNA está sujeto al control de la AGN, sin embargo, también cabe mencionar que se desconoce si realizó algún análisis sobre la cartera de deudores de la institución bancaria que haya servido para alertar sobre el riesgo de incobrabilidad.

Sólo dos ejemplos, por su complejidad y actualidad, muestran que no se trata de más o mejores normas – aunque siempre pueden mejorarse, crearse nuevas, reemplazarse las inaplicables, etc. -, ni siquiera de su cumplimiento. Se trata del modo en que se cumplen cuando efectivamente se cumplen. No basta con que el seguimiento de la ejecución presupuestaria nos revele si el gasto se ejecutó y en qué porcentaje. Se necesita imperiosamente la evaluación de la calidad, los motivos y la justificación cualitativa del gasto.

Y por encima de los controles, se impone una evaluación ética de las políticas públicas. Nos referimos a evaluaciones basadas en un pacto de responsabilidad de quienes controlan, lo que supone acuerdos mucho más profundos y específicos que una vaga tregua al trapicheo político.

Se trata de contar con organismos de control basados en, al menos, dos objetivos fundamentales: una cultura de la integridad política para controlar que las promesas electorales -hechas al momento de pedir la confianza de los votantes- sean ejecutadas, y en segundo lugar, dotar a la ciudadanía de la información que requiere para el ejercicio de sus derechos.
Mientras esto no ocurra, la Patria seguirá demandando…
P/BN/CC/rp.

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