miércoles 24 abril 2024

Incógnitas sobre la aplicación de los fondos públicos a nivel nacional

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La cuestión federal, otro hueco del control?
La pregunta que encabeza este artículo abre la puerta al vasto mundo de los organismos de control provinciales y a la justificación de su existencia: la eficacia de los controles.

Veamos el contexto sobre el que se desarrollan las tareas de control: un territorio enorme y desigual en oportunidades y niveles de ingreso, y también en el acceso y goce de bienes y servicios, más allá de estar reconocidos como derechos ciudadanos en la Constitución Nacional.

Las normas nacionales se implementan en los distintos ámbitos de gobierno por provincias y municipios que a su vez las reglamentan en sus respectivas jurisdicciones. Y lo hacen teniendo en cuenta la realidad de sus escenarios productivos, de sus niveles de riqueza y pobreza, de sus potencialidades y limitaciones. La conocen en profundidad por su cercanía con los destinatarios de sus políticas públicas.

Las políticas nacionales ¿se diseñan de abajo hacia arriba a lo largo de los distintos niveles de gobierno, o se construyen desde el centro para su aplicación urbi et orbi? ¿Son oídos y escuchados los planteamientos de todos los niveles? ¿Son la equidad y la justicia los valores dominantes y se contemplan en el armado de las políticas públicas?.

La respuesta del poder político, responsable principal en la definición del rumbo de la gestión pública, necesita contar con el insumo provisto que representa la opinión consolidada de los órganos de control de cada municipio, provincia y de la nación con relación a estos interrogantes.

El mapa del control en el territorio nacional, es variopinto. En este mapa podemos distinguir dos modelos de control diferentes. Casi la totalidad de los organismos de control -que no forman parte de los organismos que implementan los planes y programas públicos- se estructuran bajo la modalidad de Tribunales de Cuentas, salvo por la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Salta, en cuyos ámbitos existen Auditorías Generales. Estas últimas concebidas como independientes de los respectivos Ejecutivos.

En varios de estos entes de control, los cargos de sus titulares son electivos, en otros son nombrados por el Poder Ejecutivo previa consulta sobre la idoneidad de los candidatos a las entidades con competencia en el ejercicio de esas profesiones.

También existen casos en que parte de sus miembros son elegidos a propuesta del Poder Ejecutivo y el resto por las Asambleas Legislativas. Otra modalidad: designaciones del Poder Ejecutivo con acuerdo de la mayoría absoluta de la Legislatura provincial, o la misma con acuerdo del Senado. Existe también una colegiatura donde de los tres cargos, un nombramiento es a instancias del Ejecutivo, otro del Poder Ejecutivo provincial necesita el acuerdo del Consejo de la Magistratura y el último a propuesta de la Legislatura. De todo, como en botica.

En todo caso, el centro de la escena lo ocupa la política y su lógica de construcción de poder. Lograr avanzar un casillero en la conformación de un organismo de control se inscribe dentro de esa lógica. Aunque en ciertas oportunidades olvide alinearse con el conocimiento y los antecedentes profesionales de aquellos ungidos para desempeñar los cargos.

En general es impar el número de los integrantes de aquellos organismos que tienen cuerpos colegiados. Fórmula que alienta los desempates si fuera necesario y no existieran mayorías dominantes.

Existe un único caso donde el número par no traería mayores problemas de empates en los pronunciamientos del órgano colegiado. Tres de sus integrantes son inamovibles y los designa el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Cámara de Diputados, mientras que el restante es propuesto por el partido político que constituye la primera minoría legislativa. Es el único que permanece en su cargo dos años, aunque puede ser designado por períodos sucesivos en forma indefinida. La inamovilidad es recurrente como característica de estos cargos.

A imagen y semejanza de la Auditoría General de la Nación algunos de estos organismos de control son a su vez controlados por las legislaturas provinciales.

Como respuesta a la emergencia social en 2002, la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) impulsó la integración de los organismos de control interno y ¿externo? del país en la Red Federal de Control Público. La SIGEN es el órgano de control interno del Estado -y rector en esta materia- que coordina a las Unidades de Auditoría Interna, presentes en cada uno de los organismos de gobierno. Su titular es nombrado por el PEN. En esta Red de Control también convergen los Ministerios Nacionales. Controlantes y controlados en el mismo espacio y esta vez para evaluar el desempeño de los programas sociales.

La pretensión de articular el control interno de las distintas jurisdicciones revalorizando el valor del trabajo de los fiscalizadores locales- a la sazón los mejores conocedores de las particularidades de las problemáticas locales- apuntaba a una mirada federal, más eficaz y oportuna en cuanto a la obtención de resultados. Esta iniciativa perdura en el tiempo.

En lo que atañe al control externo nacional, la AGN mediante convenios acuerda la colaboración e intervención puntual para llevar adelante las auditorías que haya programado en su plan de acción anual. En este caso, el obstáculo de la AGN para auditar es su falta de competencia para “entrar” en jurisdicciones locales. Esto significa que los fondos pueden controlarse hasta su transferencia. Como la ejecución de esos fondos pertenece a la órbita local, por la federalización de nuestro sistema, su examen y evaluación queda a cargo de los controladores locales. De esta manera se consuma una situación contradictoria: la AGN no puede controlar el destino de la aplicación de fondos nacionales.

¿Existen acciones de planificación sostenida y articulada con las distintas instancias de control provinciales y municipales que faciliten a la AGN la evaluación de los fondos nacionales que se destinan a la ejecución local?. ¿El ciudadano de a pie tiene acceso a información que fluye por los distintos niveles de gobierno? El hueco del control al que aludíamos al principio parecería de una profundidad insondable.
P/BN/CC/rp.

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