viernes 19 abril 2024

Buenos Aires. Es constitucional la adhesión a la Ley de Riesgo de Trabajo

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El fallo de la Corte Suprema bonaerense estableció con cinco votos a favor y uno en contra la constitucionalidad de la Ley 14.997 de adhesión de la Provincia a la Ley 27.348 de Riesgos de Trabajo, en línea con los numerosos fallos resueltos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, informó hoy la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART).

El caso sobre el que dictaminó la Corte, se refiere a un siniestro laboral de un oficial de policía ocurrido en febrero de 2016, en el cual la Suprema Corte provincial revocó la sentencia del Tribunal de Trabajo 1 de Quilmes que había declarado inconstitucional la Ley 14.997 y asumido la competencia para intervenir.

Tras tomar competencia en ese expediente, el tribunal laboral declaró la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 46 de la Ley Riesgos de Trabajo.

La importancia del fallo se centra en que la sentencia de la Corte bonaerense declara constitucionales los artículos 1 a 4 de la Ley 27.348, como así también el de la ley 14.997 de adhesión a la norma nacional, «poniendo en negro sobre blanco la obligación de agotar previamente la vía administrativa ante las Comisiones Médicas», informó la UART.

Por ello, la organización que nuclea a las ART, volvió a remarcar la demora en la constitución de los Cuerpos Médicos Forenses para dotar de mayor certidumbre al sistema de riesgos del trabajo.

Las Unión de Aseguradoras agregó que ante el nuevo escenario impuesto por la crisis de la Covid-19, «cargado de incertidumbre y de mayores costos para el sistema laboral argentino y en el de Riesgos del Trabajo, y la reversión de la tendencia bajista en los números de la litigiosidad observada a fines de 2019, resulta imperioso constituir los Cuerpos Médicos Forenses».

Según la entidad, la existencia de estos cuerpos médicos «aseguraría un control especializado y por parte de profesionales de la tarea pericial elegidos por concurso, privilegiando el uso adecuado del Baremo y desacoplando los honorarios de los peritos hoy atados al monto de la sentencia. De esta manera, se cerraría lo dispuesto en la reforma de 2017 y el sistema gestionaría las controversias de manera armónica entre lo administrativo y lo judicial».

Respecto del fallo, la UART destacó que la importancia del mismo es que «le pone fin a los cuestionamientos sobre el procedimiento previo en Comisiones Médicas y la adhesión a la ley 27.348 que se suscitaron en la provincia de Buenos Aires».
PR/TEP/ln/rp.

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