viernes 18 abril 2025

Pandemia Covid-19, provincias cerraron sus fronteras, controversia constitucional

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Restringieron los ingresos a sus territorios: Chaco, Santa Fe, Salta,  Jujuy,  Mendoza,  Santiago del Estero y Tierra del Fuego.  El mismo criterio adoptaron algunos municipios: San Nicolás  de los Arroyos, Pinamar, Villa Gesell y Mar del Plata. La medida fue cuestionada por abogados constitucionalista porque violan los artículos 8 y 9 de la Constitucional Nacional.  Admiten que estamos en una situación excepcional.

Las autoridades de las distintas regiones que cerraron sus límites, recurrieron a diversas acciones para efectivizarlas.  Algunos gobernadores  resolvieron la ubicación de retenes policiales en las rutas pavimentadas y patrullas especiales que recorren caminos de tierra. En los municipios de la costa los intendentes recurrieron a diversos métodos para desalentar el acceso, más allá de distintas medidas para impedir la circulación humana.

Las medidas adoptadas han planteado una enorme controversia constitucional. El  abogado constitucionalista, Andrés Gil Domínguez, aseguró que impedir la libre circulación es «inconstitucional». «Lo resuelto por los gobernadores e intendentes  -puntualizó- desconoce los artículos 8 y 9 de la Constitución argentina, dinamita el sistema federal y es desproporcionado porque existen otros medios más idóneos para lograr el mismo fin».

Los artículos en cuestión hablan del federalismo, el 8, ya que «los ciudadanos de cada provincia gozan de todos los derechos, privilegios e inmunidades inherentes al título de ciudadano en las demás», mientras que el 9 hace referencia a la libre circulación por todo el territorio nacional: «En todo el territorio de la Nación no habrá más aduanas que las nacionales».

«Esto es un estado de sitio encubierto. Cabe recordar que según el art. 23 de la Constitución  el estado de sitio solo puede ser declarado por el Congreso si existe un estado de conmoción interior y si el mismo está en receso lo puede decretar el Presidente. Nunca un gobernador”.

En esa línea, siguió: «Si bien la salud pública vinculada a la vida tiene un gran peso ponderado en relación al resto de los derechos en el marco de la pandemia mundial que estamos sufriendo, esto no justifica que se arrase con el sistema constitucional» y Gil Dominguez afirmó por más que gobernadores o intendentes tengan el aval del presidente Alberto Fernández para tomar estas medidas, siguen siendo inconstitucional y, además, advirtió que «el gobernador podría enfrentar consecuencias penales».   

Por su lado, el expresidente del Colegio Público de Abogados, Jorge Rizzo, recalcó que si bien en «la Constitución se asegura el libre tránsito», comentó que comprende que «es una situación excepcional que requiere de soluciones excepcionales». De todas maneras, aclaró que «en principio, sería inconstitucional».

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